En España existen más de 150 mil transportistas afectados por el Cartel de los Camiones (asociación ilegal de los principales fabricantes de camiones), que adquirieron camiones con un sobrecoste de más del 30%, como consecuencia de prácticas abusivas que vulneran las leyes de la competencia, como así lo reconocieron, y por lo que los fabricantes fueron multados por la Comisión Europea.
Esas prácticas se habrían traducido en un pacto entre los años 1997 y 2011, en virtud del cual se acordaban los precios de venta de sus vehículos e incluso se retrasaba la introducción en el mercado de nuevas tecnologías para reducir las emisiones, siendo las Marcas de camiones afectadas: MAN, DAIMLER-MERCEDES, VOLVO-RENAULT, IVECO Y DAF.
Dicha infracción afecta a los camiones con un peso de entre 6 y 16 toneladas (camiones medios), y los de más de 16 toneladas (camiones pesados), tanto camiones rígidos como cabezas tractoras
Tras la decisión adoptada por la Comisión Europea, se abre una vía para que los perjudicados por el sobrecoste pagado por los vehículos adquiridos (tanto si fue a título de compraventa como de leasing) puedan ejercitar las acciones de resarcimiento por los daños y perjuicios causados a consecuencia del cártel, que rondaría los 20.000 € de media por vehículo.
Sin embargo, el plazo del que hoy disponemos es muy corto, ya que debido al retraso de España en la trasposición de la Directiva 2014/104/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, operada a través del Real Decreto-ley 9/2017 de 26 de mayo, los afectados han de acogerse al plazo de prescripción estipulado en el artículo 1968 del Código Civil que asciende a un (1) año. Este plazo habrá de contarse desde la fecha de publicación de la decisión el pasado 20 de abril de 2017 y por tanto, terminaría el 6 de Abril de 2018.
Por otro lado, y en cuanto a la cuantificación del daño, los tribunales estarán facultados para estimar el importe de la reclamación y dependerá, en última instancia, de los informes periciales que se acompañen con la reclamación y que se antojan absolutamente esenciales para formar la valoración del juzgador. Aun así, es importante saber que el perjuicio medio sufrido por los afectados por el Cartel de Camiones es del 20% del precio de adquisición.
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Carolina Muñiz Ramírez de Verger. Abogada.
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